El Modelo 347 es uno de los formularios que se encuentran en el Calendario Fiscal 2024 y que debemos presentar en los plazos previstos en el mismo. En este post os explicaremos qué es, cómo rellenarlo y presentarlo.

¿Qué es el Modelo 347?

El modelo 347 de la AEAT es una declaración informativa anual que abarca el conjunto de las operaciones realizadas con clientes y/o proveedores, siempre que el monto total supere los 3.005,06 euros anuales (incluyendo el IVA).

Tanto los clientes como los proveedores tienen la responsabilidad de presentar el modelo 347 ante Hacienda (Modelo 347 AEAT). De esta manera, la Administración Pública tributaria puede llevar a cabo la conciliación de datos y verificar la correspondencia entre las operaciones declaradas. Es importante tener en cuenta que puede haber discrepancias si las operaciones se registran en un período trimestral diferente al de su emisión por parte del proveedor.

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 347?

La obligación de declarar las operaciones con terceros mediante el modelo 347 recae sobre todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades), tanto públicas como privadas, que, en el curso de sus actividades empresariales o profesionales, facturan operaciones por un importe superior a los 3.005,06 euros anuales, independientemente de la naturaleza de dichas operaciones.

Sin embargo, existen excepciones para autónomos y pequeñas empresas exentos de presentar el modelo 347 de operaciones con terceros:

  • Quienes hayan realizado operaciones con terceros, pero el total no alcance los 3.005,06 euros anuales. Este límite se reduce significativamente a 300,51 euros en el caso de cobrar honorarios profesionales por cuenta de terceros, derechos de propiedad intelectual, industrial o de autor u otros en nombre de sus socios, asociados o colegiados.
  • Aquellos que no tengan domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de actividad en España.
  • Personas físicas o entidades que tributen en IRPF bajo el método de estimación objetiva, conocido como módulos, y simultáneamente bajo el régimen simplificado de IVA de los regímenes simplificados, de agricultura, ganadería y pesca, o recargo de equivalencia. Esta excepción se aplica a menos que realicen operaciones excluidas de la aplicación de dichos regímenes o emitan facturas por otras operaciones.
  • Aquellos obligados tributarios que deben informar sobre las operaciones registradas en los libros de registro del IVA, según lo establecido en el artículo 36 del Real Decreto 1065/2007.

¿Cuándo hay que presentar el Modelo 347?

De acuerdo con la información proporcionada en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, el mes de febrero continúa siendo el plazo de presentación para la declaración correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. Según el calendario fiscal del año 2024, el período oficial de presentación abarca desde el 1 de febrero hasta el 1 de marzo.

Presentar el modelo 347 fuera de plazo

¿Te has olvidado de presentar el Modelo 347? En E-Asesórate recomendamos que la presentes lo antes posible ya que según vaya pasando el tiempo el recargo será mayor.

No presentar autoliquidaciones o declaraciones en el plazo establecido se considera una infracción tributaria según la Ley General Tributaria. En el caso del modelo 347, que es una declaración de información requerida por la ley, la infracción se considera leve. La sanción consiste en una multa fija de 20 euros por cada conjunto de datos relacionados con la misma persona o entidad, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

Si las autoliquidaciones o declaraciones se presentan fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración tributaria, la sanción y los límites mínimo y máximo se reducirán a la mitad. Es decir, la multa será de 10 euros por cada conjunto de datos, con un mínimo de 150 euros y un máximo de 10.000 euros.

Contar la plataforma online de E-Asesórate asegura que no se os olvidará presentar ningún Modelo 347 ya que nosotros nos encargamos de presentarlos y así evitar recargo y sanciones.

¿Cómo rellenar y cumplimentar el Modelo 347?

El modelo 347 incluye tres páginas, aunque dependiendo del número de operaciones, puede haber más. A continuación, explicaremos cada una de ellas.

  • Primera página: Resumen de datos.
  • Segunda página: Relación de declarados.
  • Tercera página: Relación de inmuebles.

Primera página: Resumen de datos del Modelo 347

La primera página del Modelo 347 consta de cuatro secciones. A continuación, examinaremos cada sección por separado.

Identificación

Esta sección contiene información fiscal y datos de contacto del declarante.

  • [NIF]: Número de Identificación Fiscal.
  • [Apellidos y nombre, denominación o razón social]: Nombre y apellidos, o razón social del declarante.
  • [N.I.F. del representante]: En caso de que otra persona actúe en nombre del declarante.
  • [Teléfono de contacto]: Utilizado por Hacienda para comunicarse en caso de consultas.

Declaraciones complementarias o sustitutivas

En esta sección, el autónomo completa las casillas correspondientes si desea agregar datos que no se proporcionaron en la declaración anterior o modificar los datos existentes. Hay tres casillas que se relacionan con el motivo de esta declaración complementaria. Debe marcar con una ‘X’ aquella que corresponda al motivo de la modificación.

  • [Declaración complementaria por inclusión de datos]: Se marca cuando se desean agregar nuevos datos.
  • [Declaración complementaria por modificación o anulación de datos]: Se marca cuando se desean modificar o anular los datos proporcionados en la declaración anterior.
  • [Declaración sustitutiva]: Se marca cuando se desea realizar una sustitución total de los datos.
  • [Número identificativo de la declaración anterior]: Es el número de identificación registrado en la declaración previa que se desea modificar.

Resumen de los datos

En esta sección se presenta un resumen general de los datos incluidos en la declaración, que abarca las características de las operaciones realizadas, como las personas involucradas, el número de operaciones y las cantidades económicas.

  • [Número total de personas y entidades]: Indica el número de clientes o proveedores con los que se realizaron operaciones cuyo valor anual supera los 3.005,06€, incluyendo el IVA.
  • [Importe total anual de las operaciones]: Detalla la suma total de todas las operaciones que cumplen con esta condición, incluyendo el IVA.
  • [Número total de inmuebles]: Indica el número total de inmuebles en los que se paga alquiler.
  • [Importe total de las operaciones de arrendamiento de locales de negocio]: Representa el importe total (IVA incluido) de la suma de todos los alquileres de locales de negocio.

Fecha y firma

En esta sección, se debe proporcionar la fecha de presentación de la declaración y la firma del declarante.

  • [Fecha]: La fecha en que se envía la solicitud.
  • [Firma]: El nombre del declarante o su representante.
  • [Firmado]: Aquí se coloca la firma.
  • [Cargo o empleo]: El cargo que ostenta la persona que firma.

Segunda página: Relación de declarados

En esta página se proporciona información sobre todos los proveedores o clientes con los que la persona física (autónomo) o jurídica (empresa) ha realizado operaciones cuyo valor anual supera los 3.005,06€. Estos se consideran «declarados», mientras que la persona que presenta la declaración se denomina «declarante».

Datos identificativos

  • [NIF del declarante]: Número de identificación fiscal del declarante.
  • [Ejercicio]: El año al que corresponde la presentación. En febrero de 2025, se presenta el informe correspondiente al año 2024.

Declarado

  • [NIF declarado]: Número de identificación fiscal de la persona con la que se ha realizado la operación.
  • [NIF-IVA declarado]: Número de identificación fiscal asignado a un profesional para presentar el IVA.
  • [NIF representante]: En caso de que exista un representante.
  • [Apellidos y nombre, razón social o denominación del declarado]: Nombre y apellidos o razón social del declarado.
  • [Provincia (Código)]: Código de la provincia donde el declarado ejerce su actividad.
  • [País (Código)]: Código del país donde el declarado ejerce su actividad.
  • [Clave operación]: Selecciona la clave correspondiente al tipo de operación, como compra (clave A) o venta (clave B), entre otras.
  • [Operación seguro]: Completado solo por las empresas aseguradoras.
  • [Arrendamiento local negocio]: Indica si la operación corresponde al alquiler de un local de negocio.
  • [Operación IVA de caja]: Corresponde al importe anual de las operaciones devengadas con criterio de caja.
  • [Operación con inversión sujeto pasivo]: Se refiere a cuando el sujeto pasivo del IVA es el destinatario de la operación.
  • [Operación régimen de depósito distinto del aduanero]: Se aplica a áreas exentas de IVA que introducen mercancías para su venta antes de exportarlas fuera de la UE.
  • [Importe percibido en metálico]: Indica la cantidad total de la operación, incluyendo el IVA.
  • [Ejercicio]: Año en el que se recibió el importe en metálico.
  • [Importe anual de las operaciones]: Total anual (IVA incluido) de las operaciones con un cliente o proveedor, desglosado por trimestres.
  • [Importe anual percibido por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA]: Total anual (IVA incluido) de las operaciones relacionadas con transmisiones de inmuebles, separado por trimestres.
  • [Importe anual de las operaciones devengadas con criterio IVA de caja]: Suma total de las operaciones devengadas con criterio IVA de caja en un año.

Total de la hoja

En estas casillas se presenta el total de la suma de importes de las operaciones detalladas en la hoja.

Tercera página: Relación de declarados

En esta página se encuentra toda la información relacionada con los inmuebles que la persona física o jurídica alquila a terceros o tiene en régimen de alquiler.

Datos identificativos de esta hoja

  • [NIF del declarante]: Número de identificación fiscal de la persona que realiza la declaración.
  • [Ejercicio]: El año al que corresponde la presentación.

Declarado 1

  • [NIF del arrendatario]: Número de identificación fiscal de la persona con la que se ha realizado la operación de arrendamiento.
  • [NIF del representante]: Número de identificación fiscal del representante, si corresponde.
  • [Apellidos y nombre, razón social o denominación del arrendatario]: Nombre y apellidos o razón social del arrendatario, quien adquiere el derecho de uso del inmueble.
  • [Importe de la operación]: El valor total de la operación de arrendamiento, es decir, la cantidad de dinero pagada o recibida por la cesión del inmueble en esta operación.
  • [Referencia catastral]: Identificador alfanumérico del inmueble arrendado.
  • [Situación (Código)]: Indica si el inmueble es propiedad, alquilado o sujeto a usufructo.
  • [Tipo de vía]: Tipo de vía donde se encuentra el inmueble.
  • [Nombre de la vía pública]: Nombre de la calle donde está ubicado el inmueble.
  • [Tipo Num.]: Tipo de numeración del inmueble.
  • [Núm. casa]: Número de la casa o edificio.
  • [Bloque]: Número de bloque si corresponde.
  • [Escalera]: Número de escalera si corresponde.
  • [Planta]: Altura en la que se encuentra el inmueble.
  • [Puerta]: Número de puerta o letra si corresponde.
  • [Complemento domicilio]: Indicación si el inmueble está ubicado en una urbanización, centro comercial, polígono industrial, etc.
  • [Localidad/ Población]: Nombre de la localidad o población si es diferente del municipio.
  • [Nombre del municipio]: Municipio donde se encuentra el inmueble.
  • [Cód. municipio]: Código municipal del inmueble.
  • [Provincia]: Provincia donde está ubicado el inmueble.
  • [Cód. provincia]: Código provincial.
  • [Cód. postal]: Código postal.

Claves del Modelo 347

En la mayoría de los casos, se utilizará la Clave A para indicar compras generales realizadas a proveedores y la Clave B para ventas generales realizadas a nuestros clientes en el modelo 347. Sin embargo, existen otras claves que se pueden utilizar en este modelo:

  • Clave A: Compras generales realizadas a proveedores.
  • Clave B: Ventas generales realizadas a nuestros clientes.
  • Clave C: Cobros por cuenta de terceros superiores a 300,51€.
  • Clave D: Adquisiciones al margen de la actividad empresarial por Entidades Públicas.
  • Clave E: Subvenciones o ayudas (esto solo lo puede marcar la Administración Pública).
  • Clave F: Ventas Agencia de Viaje.
  • Clave G: Compras Agencia de Viaje.

¿Cómo se presenta el Modelo 347?

La presentación del Modelo 347 deberá realizarse de manera telemática a través de la sede electrónica de la AEAT, utilizando sistemas de identificación como el certificado electrónico, la firma electrónica avanzada, el DNI electrónico o el sistema Cl@ve PIN. 

modelo-347 rellenable

En E-Asesórate recomendamos que se cuente con el servicio de una Asesoría Online y que sea el asesor el que se encargue de presentar el Modelo 347 sin ningún tipo de error con el fin de evitar sobresaltos con la Agencia Tributaria.

 

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