El Modelo 349 es uno de los formularios que se encuentran en el Calendario Fiscal 2024 y que debemos presentar en los plazos previstos en el mismo. En este post os explicaremos qué es, cómo rellenarlo y presentarlo.
¿Qué es el Modelo 349?
El Modelo 349 es el formulario utilizado para reportar las operaciones intracomunitarias realizadas por autónomos y empresas en relación al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Esta declaración informativa puede presentarse de forma mensual o trimestral, y recopila las operaciones que se encuentran contempladas en el artículo 79 de la Ley del IVA.
¿Qué son las operaciones intracomunitarias?
Es importante destacar que el NIF-IVA (Número de Identificación Fiscal a efectos del IVA) es un requisito fundamental para llevar a cabo transacciones de compra o venta de bienes y servicios entre países miembros de la Unión Europea, es decir, operaciones intracomunitarias. Por lo tanto, es necesario contar con este documento para poder realizar la declaración informativa mensual o trimestral correspondiente. Además, para realizar dichas operaciones intracomunitarias, es necesario registrarse en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI). Este registro es indispensable para cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con las operaciones intracomunitarias.
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 349?
El Modelo 349 debe ser presentado por todos los contribuyentes del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que hayan realizado operaciones intracomunitarias. Para cumplir con esta obligación, deben cumplir con las siguientes condiciones:
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- La operación no debe llevarse a cabo en el territorio de aplicación del impuesto. Esto significa que la compra o venta debe realizarse entre alguno de los 28 países de la Unión Europea y estar destinada a otro país comunitario con un tipo impositivo diferente. Es importante tener en cuenta que las operaciones con Canarias, Ceuta y Melilla, a pesar de ser territorios con un régimen fiscal distinto al resto de la Península, no se consideran operaciones intracomunitarias, sino importaciones o exportaciones.
- Tanto el vendedor como el comprador de la operación deben ser trabajadores autónomos o sociedades.
- Ambos deben estar registrados oficialmente como operadores intracomunitarios y contar con un número identificativo asignado para este fin.
¿Cuándo hay que presentar el Modelo 349?
El Modelo 349 debe presentarse dentro de los primeros 20 días naturales del mes siguiente al período mensual correspondiente, según los plazos establecidos. A continuación se detallan los plazos regulares de presentación del modelo 349 y los casos correspondientes:
- Presentación mensual: Se aplica cuando el total de las operaciones intracomunitarias supera los 50.000€ durante el período mensual.
- Presentación bimestral: Se aplica si al finalizar el segundo mes de un trimestre el importe de las operaciones intracomunitarias supera los 100.000€.
- Presentación trimestral: Se aplica cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios no excede los 50.000€ en el cómputo general.
Es importante tener en cuenta estos plazos y casos para cumplir adecuadamente con las obligaciones de presentación del Modelo 349.
Presentar el modelo 349 fuera de plazo
¿Te has olvidado de presentar el Modelo 349? En E-Asesórate recomendamos que la presentes lo antes posible.
Si se presenta el modelo después del plazo establecido, puede resultar en una sanción o un requerimiento, dependiendo de quién detecte el retraso.
- En caso de recibir una sanción, ésta consistirá en una multa fija de 20€ por cada dato o conjunto de datos relacionados con una misma persona o entidad. Sin embargo, se aplicará un mínimo de 300€ y un máximo de 20.000€.
No obstante, si no se recibe un requerimiento y se presenta el modelo antes de que Hacienda lo informe, todos los importes mencionados anteriormente se reducirán a la mitad.
Contar la plataforma online de E-Asesórate asegura que no se os olvidará presentar ningún Modelo 349 ya que nosotros nos encargamos de presentarlos y así evitar recargo y sanciones.
¿Cómo rellenar y cumplimentar el Modelo 349?
En la primera sección, que corresponde a la hoja resumen, encontraremos las siguientes partes distintivas:
- Identificación: En esta sección se deben proporcionar los datos de la persona que realiza la declaración, como nombres y apellidos, NIF (Número de Identificación Fiscal), información de contacto, entre otros.
- Ejercicio, período y tipo de presentación: Aquí se debe indicar el ejercicio fiscal al que corresponde la declaración, el período de tiempo abarcado y el tipo de presentación realizada.
- Resumen de la declaración: En esta parte se debe detallar el número total de operaciones intracomunitarias realizadas, así como el importe total de dichas operaciones. Además, se deben especificar el número total de operadores intracomunitarios con rectificaciones y el importe correspondiente a dichas rectificaciones.
- Presentación en soporte colectivo: En caso de que sea necesario, se deberá presentar una hoja resumen por cada autónomo o empresario individual que realice la declaración.
- Fecha y firma: Finalmente, se debe indicar la fecha en que se realiza la presentación de la declaración y añadir la firma correspondiente.
La relación de operaciones intracomunitarias y las rectificaciones de períodos anteriores se realiza especificando lo siguiente:
- Código del país.
- NIF intracomunitario.
- Apellidos y nombre o razón social.
- Clave (tipo de operación).
- Base imponible del IVA de la operación.
Las claves de operaciones dependen del tipo de transacciones realizada:
- A: compras de bienes intracomunitarios realizadas por el declarante sujeto pasivo, incluyendo transferencias de bienes desde otro país de la Unión Europea.
- E: transacciones de venta y transferencia de bienes a clientes ubicados en otro país de la Unión Europea.
- T: ventas a clientes ubicados en otro país de la UE que siguen a compras intracomunitarias exentas, realizadas en el contexto de una operación triangular.
- S: prestación de servicios intracomunitarios a clientes ubicados en otro país de la UE.
- I: contratación de servicios a proveedores de otro Estado miembro.
- M: entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta, de acuerdo con el artículo 27.12 de la legislación del IVA.
- H: entregas intracomunitarias de bienes realizadas por un representante fiscal después de una importación exenta, según lo establecido en el artículo 86.3 de la legislación del IVA.
La información incluida en esta declaración resumida de transacciones intracomunitarias debe necesariamente concordar con la información proporcionada en el Modelo 303 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente al mismo período.
¿Cómo se presenta el Modelo 349?
Es posible realizar la presentación del Modelo 349 de forma telemática utilizando tu DNI o certificado electrónico. Esto se puede hacer a través de la Oficina Virtual de Hacienda o mediante un software de contabilidad que os brinde la funcionalidad necesaria.
De esta manera, podrás calcular, descargar e importar el fichero desde tu ordenador al sistema de Hacienda de manera ágil y conveniente.
Olvídate de rellenar el modelo 349 y pásate a Asesoría Online de E-Asesórate, donde el asesor validará toda la información de tu cuenta y presentará los impuestos por ti. Es la mejor forma y más rápida de presentar tus impuestos y a la vez de llevar tu negocio al día, ya que podrás ver en todo momento, durante el trimestre, la cantidad de IRPF a declarar, así como la de IVA, así evitas sorpresas a final del trimestre.
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